Durante esta jornada entró en vigencia la ley que permite a los padres y madres a decidir el orden de los apellidos de sus hijos. Esta medida también permite a las personas mayores de 18 años a invertir sus apellidos.
La iniciativa señala que, en el caso de los recién nacidos, serán los padres quienes decidirán por mutuo acuerdo qué apellido llevará primero su retoño. Es importante precisar que, la determinación que se tome con el primer hijo se utilizará para el resto de los hijos.
Las personas mayores de 18 años pueden realizar el trámite por una sola vez a través del registro civil.
Finalmente, la ley es clara y determina que las personas que actualmente estén formalizadas, procesadas o cuenten con órdenes de arresto, detención o condenas por crimen o delitos con pena aflictiva, no pueden realizar este proceso.